Corte avala inspecciones policiales sin orden judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las normas del Código Nacional de Procedimientos Penales, que permiten inspeccionar a personas y vehículos sin la existencia de una orden judicial previa, pero, siempre y cuando exista una sospecha razonable o flagrancia y no por la apariencia física de un ciudadano.Por mayoría de votos, los ministros coincidieron en que la inspección de personas y vehículos es una revisión superficial que, por regla general, no genera afectaciones graves a las personas y que de hacerlo está sujeta a la revisión de un juez de control.Por otra parte, en menos de un minuto y sin discusión, los ministros avalaron por unanimidad el artículo 148 del CNPP sobre la detención en flagrancia por delitos que requieran querella.Luego, el máximo tribunal del país comenzó a revisar si es constitucional o no el aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras sin orden judicial, pero continuarán con el tema hasta el próximo jueves.Excélsior