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Corte avala inspecciones policiales sin orden judicial

Corte avala inspecciones policiales sin orden judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las normas del Código Nacional de Procedimientos Penales, que permiten inspeccionar a personas y vehículos sin la existencia de una orden judicial previa, pero, siempre y cuando exista una sospecha razonable o flagrancia y no por la apariencia física de un ciudadano.

Por mayoría de votos, los ministros coincidieron en que la inspección de personas y vehículos es una revisión superficial que, por regla general, no genera afectaciones graves a las personas y que de hacerlo está sujeta a la revisión de un juez de control.

Por otra parte, en menos de un minuto y sin discusión, los ministros avalaron por unanimidad el artículo 148 del CNPP sobre la detención en flagrancia por delitos que requieran querella.

Luego, el máximo tribunal del país comenzó a revisar si es constitucional o no el aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras sin orden judicial, pero continuarán con el tema hasta el próximo jueves.

Excélsior